El proyecto de Real Decreto de Precios de Referencia que el Gobierno ha remitido al Consejo de Estado para su dictamen mantiene periodos de convivencia para la distribución y farmacia. Así se recoge en el texto, fechado el pasado 4 de febrero, al que ha tenido acceso EG y que corrige lo indicado en el primer borrador de real decreto que el Ministerio de Sanidad publicó en septiembre pasado.
De este modo, la distribución tendrá 20 días de convivencia de precios desde la aprobación de cada una de las órdenes que creen conjuntos y actualicen precios, mientras que la farmacia dispondrá hasta el último día del primer mes siguiente a la aprobación de la orden. Esto es, entre 10 y 40 días aproximadamente. Por su parte, la industria tendrá que servir a precio de referencia nuevo desde el momento de entrada en vigor de cada una de las órdenes.
Cabe recordar que el primer borrador de este real decreto, eliminaba todos los periodos de convivencia de precios que había estado vigentes hasta el momento. Con excepción de la primera ocasión en la que se aprobara una nueva orden, la distribución tenía que servir a precio nuevo desde el día siguiente a la entrada en vigor del texto, mientras que a la farmacia, por cuestiones técnicas de facturación se le permitía dispensar a precio antiguo hasta el último día del mes.